Tras la publicación de Ticketmaster donde niega el reembolso por cancelación de uno o más artistas en festivales musicales, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dio 48 horas a la boletera de OCESA para suspender dicha cláusula.
En un comunicado oficial emitido por la instancia federal, se informó que cada consumidor o asistente a este tipo de eventos tiene derecho a un reembolso no menor al 20% por el monto pagado, el cual contempla el costo del boleto, más cargos por servicio y una bonificación.
Así mismo, la procuraduría dijo que aquella persona que se viera afectada por la boletera, tiene hasta un año de plazo para presentar tu queja ante ellos.
Profeco da ultimátum a Ticketmaster para retirar negativa de reembolso
Por medio del mismo comunicado la Profeco dijo que emitirá una medida precautoria a efecto de que la proveedora Venta de Boletos por Computadora, S.A. de C.V. (Ticketmaster), en un término de 48 horas, suspenda la información consistente en la negativa de reembolso por la posibilidad de inasistencia de algún o algunos de los artistas anunciados para un festival.
De acuerdo con la procuraduría, la cláusula de no reembolso publicada por la boletera de OCESA en sus términos y condiciones, en relación a la venta de boletos para un festival, podría ser violatoria de los artículos 1°, 7, 10 segundo párrafo, 56 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Cabe señalar que todo proveedor se encuentra obligado a respetar los servicios que se hubieran ofrecido o convenido con el consumidor; es decir, si ofreció que un artista determinado estaría en el evento en cuestión, lo cual pudo motivar la compra de éste evento, la proveedora debe respetar tales condiciones.
Igualmente la Profeco señaló que en caso de que el Tickemaster incumpla las condiciones ofrecidas, salvo que mediara fuerza mayor (enfermedad o accidente), el consumidor tiene derecho a solicitar el reembolso del precio pagado (costo del boleto y cargos por servicio), así como una bonificación o compensación no menor al 20 por ciento, ya sea respecto al total de días que dure el festival o solo del día que no decida asistir el consumidor.
De no atenderse la medida precautoria, daría lugar al inicio de un procedimiento por infracciones a la Ley.
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