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La ley ya prohíbe la exhibición y publicidad de cigarros

Exhibición de cigarros
  • A nivel regional, México es el sexto país con más fumadores adultos, aún siendo una de las naciones en donde más se han aumentado los impuestos al tabaco en el continente americano, de acuerdo con el Informe sobre el Control del Tabaco en la Región de las Américas 2022, de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
  • El Instituto Nacional de Salud Pública estima que un consumidor de tabaco en México fuma en promedio unos 7,4 cigarros al día y que su gasto mensual es de 287 pesos en este producto.

El gobierno mexicano ha conseguido un hito en su batalla contra la industria tabacalera. A partir del 15 de enero de 2023 ha quedado oficialmente prohibida la publicidad en cualquier medio de comunicación, la exhibición en los lugares de venta y el consumo de cigarros en algunos espacios al aire libre.

Lo anterior se deriva de las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, mismo que pretende contrarrestar el acceso a los cigarros para los adolescentes y disminuir la población fumadora que se calcula en 15 millones de personas, según datos del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP).

El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, ensalza que está prohibido en México “realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productores elaborado con tabaco” en cualquier medio de comunicación.

La nueva legislación trasciende al punto de sancionar, incluso, a las diferentes marcas de cigarros que se anuncien en redes sociales, a través de influencers, en servicios de streaming o como publicidad subliminal en producciones de televisión y cine. Además, pide a las tiendas que los comercializan que no los exhiban en sus mostradores. Sin embargo, no prohíbe su venta.

El reglamento define como exhibición directa la colocación de cajetillas en estantes, mostradores o exhibidores, donde el consumidor pueda observarlos y tomarlos. Mientras que por indirecta señala a cuando se almacenen en cajas o recipientes cerrados y se coloquen encima o debajo del mostrador, en armarios o cajones cerrados, pero queden a la vista del cliente.

Además, las autoridades sanitarias también han tomado medidas más serias para proteger a la población contra la exposición al humo del cigarro en todo lugar de trabajo, transporte público, espacios de concurrencia colectiva, o en las escuelas públicas y privadas.

Ahora deberán colocarse carteles visibles que indiquen que son espacios libres de humo. Los administradores o responsables de estos sitios podrán solicitar a los usuarios que apaguen los productos de tabaco, en caso de encenderlos o fumar, o de lo contrario, solicitarles que abandonen el espacio.

De acuerdo con Infobae, los cambios a la ley han detonado una serie de amparos y procesos legales por parte de cadenas comerciales y restauranteros, aunado a protestas de los abarroteros. De acuerdo con la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y el Consejo para el Desarrollo del Pequeño Comercio, desde su diseño el proyecto es deficiente con implicaciones legales, operativas y económicas.

“Es una violación a la libertad del comercio. La prohibición de la exhibición de los productos va en contra del artículo 5 Constitucional en contra de la Libertad del Comercio; la venta de tabaco no es un producto hoy día prohibido”, señaló en una entrevista a el Financiero Juan José Cabrera, Vicepresidente de la Comisión Nacional de Competitividad y Mejora Regulatoria de la Coparmex.

Y consideró que parte de los efectos serán propiciar la corrupción, incentivar el mercado negro del tabaco, mermar los ingresos fiscales y poner en riesgo la salud del consumidor.

 

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