CIUDAD DE Mí‰XICO.- La Asociación Mexicana de Internet, A.C. (AMIPCI), fue fundada con la misión de Potenciar la Economía de Internet. Para ello, se ha trazado como objetivos, entre otros, ayudar a consolidar a la industria de Internet en México, ejercer un frente común ante las decisiones y disposiciones oficiales y privadas en lo concerniente a las operaciones relacionadas al internet y promover la legislación adecuada para el impulso del internet en México.
Ante ello y como se ha hecho del conocimiento del público, México, se incorporó a las negociaciones de un nuevo Tratado Multilaretal denominado “Anti-Counterfeiting Trade Agreement / Acuerdo Comercial Anti-Falsificación” (ACTA), desde 2008, cuando se llevó a cabo la primer ronda de negociaciones para su aprobación.
Las discusiones y negociaciones se han llevado a cabo a través de un procedimiento confidencial y secreto y no han sido auspiciadas por ningún organismo internacional, sino que todo ha fluido entre los países miembros directamente.
En días pasados, se llevó a cabo la Séptima Ronda de Negociaciones sobre dicho acuerdo, en nuestro país, previo a lo cual, se llevó una infructífera consulta pública auspiciada por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (http://www.impi.gob.mx/wb/IMPI/acuerdo_comercial_antifalsificacion).
En mérito de lo anterior, la AMIPCI, aplaude cualquier esfuerzo multilateral que se realice tendiente a reforzar las medidas para abatir la denominada Piratería, sin embargo y aun cuando del título del ACTA, pudiera pensarse que se trata de un instrumento que está dirigido al combate de productos físicos apócrifos, lo que se ha hecho del conocimiento público es que se contiene un capítulo específico para abatir la piratería en medios digitales (Distribución vía internet e información tecnológica), en el cual, se contiene una disposición que obligue a los Proveedores de Acceso a Internet (ISP’s) a proveer información sobre posibles infractores de derechos de autor y/o derechos conexos sin una orden judicial.
Si esto fuera así, ya que se insiste, no se tiene certeza del documento por la confidencialidad con la que se ha conducido las negociaciones ni del documento final derivado de las negociación, la AMIPCI rechaza esta práctica o potencial mandato, toda vez que el único que puede ordenar a un ISP para filtrar contenido, analizar comportamientos y divulgar información relacionada con la información que produce o le llega a un usuario, es un juez o una autoridad ministerial, previa denuncia o demanda correspondientes, provocando con ello que se viole la garantía de privacidad que ya se contiene en nuestra carta magna, específicamente en los artículos 14 y 16 constitucionales.
En ese sentido, la AMIPCI lamenta que todo se deje a especulación y que no se siga un procedimiento democrático, incluyente y transparente, lo cual es provocado por las mismas autoridades ya que no se ha dado a conocer el proyecto de este cuerpo normativo, lo cual, es de lamentarse, amén de las disposiciones legales aplicables.
AMIPCI se opone a que se instauren disposiciones de “safe harbor” hacia los ISP’s y que aquellos que no reporten, sean considerados responsables.
En nuestro país, se cuenta con el marco normativo vigente y adecuado para que si se presume la comisión de una infracción o un delito que afecte a los titulares de los derechos, se recurra a las instancias que dichas leyes prevén y en este sentido AMIPCI propugna porque se destinen más recursos tecnológicos, humanos, etc., que se requieran para el eficaz combate a la piratería en cualquiera de sus modalidades.
AMIPCI, representa a los ISP’s en México, los cuales no están de acuerdo en que se les obligue a divulgar información relacionada con la conducta de sus usuarios, si no es precedida de una autoridad competente, so pena de que se consideren responsables en caso de incumplimiento. Mucho menos está de acuerdo en que se persiga la actividad que los usuarios lleven a cabo a través de internet, recordando que nuestro país consagra en el artículo 6 Constitucional la garantía de acceso a la información y que ésta debe ser garantizada por el Estado.
Cabe recordar que este tema ya ha sido expuesto, discutido y tratado, en el marco del Comité para la mitigación de la piratería por medios digitales en internet, en donde se accedió a colaborar siempre y cuando hubiera una orden de autoridad competente. Es ésta quien puede determinar con base en las disposiciones legales aplicables quien y por qué motivo debe ser monitoreado y, eventualmente, hasta cancelársele el servicio, no terceros sin ser autoridad.
AMIPCI no pretende solapar a piratas o personas que cometan actos ilegales, pero no está de acuerdo en que se vulneren los derechos fundamentales que consagra nuestra Carta Magna, como lo son el derecho a la información, el derecho a la privacidad y el derecho al debido proceso legal y que se invada la esfera de derechos de los internautas mexicanos, tomando en cuenta que “bajar música se ha convertido en la principal actividad de entretenimiento online“ de los internautas mexicanos, quienes no son piratas pues no obtienen un lucro directo o indirecto de ello.
Asimismo, lamentamos que otras autoridades competentes como la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el Instituto Nacional del Derecho de Autor, entre otros, no fijen postura y no hayan tenido a bien, tomar la opinión de organismos de la sociedad civil como la AMIPCI.
Esperamos pues, que el Gobierno Mexicano adopte de manera pública su postura, que divulgue el texto del ACTA para que el proceso sea transparente e incluyente y se pueda adoptar un mecanismo ad hoc y no por imposición.
AMIPCI no concuerda con el proceso que se está siguiendo, obscuro y confidencial, y de confirmarse las versiones que se han circulado, no está de acuerdo en el postulado relacionado con los ISP’s, que pudiera provocar el monitoreo de los usuarios de internet que a la fecha se estiman en 27.6 millones, solicitando además que se siga un procedimiento incluyente y apegado a derecho, solicitando a nuestros legisladores que tomen en cuenta la presente opinión, que se refuercen medidas tendientes a incentivar la innovación y la creatividad y que no las minen.
Atentamente,