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Comienza abril y también el periodo para que las personas físicas presenten su declaración anual

Impuestos
Una de las obligaciones de las personas es presentar su declaración anual y en este artículo te presentamos algunos puntos que debes considerar.

Más allá de ser un mes caluroso, abril es conocido como el periodo para que las personas físicas realicen su declaración anual. Esta situación, además de causar inquietudes e incomodidades, es todo un dolor de cabeza para quienes deben presentarla. Sin embargo, este procedimiento es mucho más sencillo de lo que parece. Sobre este tema te platicaremos más en las siguientes líneas.

El 30 de abril es la fecha límite para que las personas físicas realicen su declaración anual, esto quiere decir que quienes perciben un salario o que cobran su sueldo por honorarios deben informar a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), por medio del Servicio de Administración Tributaria (SAT), sus ingresos durante el año fiscal anterior; o sea, en este 2018, se reportan las ganancias y gastos del 2017.

De acuerdo con el portal electrónico del SAT, las personas que perciben salarios que sean menores a 20 mil pesos, pueden o no presentar la declaración anual o hacerlo a lo largo del presente ejercicio fiscal. También explica que quienes tienen saldos a favor mayores a los 10 mil pesos no necesitan utilizar su firma electrónica para declarar sus impuestos.

Cabe destacar que la declaración anual de puede realizar, según informa este sitio, por medio de la página oficial del SAT o incluso se puede sacar cita en las distintas oficinas de la dependencia para recibir asesoría al momento de presentarla.

Una de las preguntas que tienen muchas personas al presentar su declaración anual es cuáles son los gastos que son deducibles o cuáles sí se deben declarar y cuáles no.

En teoría, todos aquellos gastos que una persona realiza y que estén asociados con su actividad profesional pueden declararse y deducirse. Sin embargo, cabe aclarar que habrá que revisar las obligaciones fiscales para no errar.

Además de los relacionados con la actividad profesional realizada, el ahorro a largo plazo, los gastos médicos, los donativos e incluso la la colegiatura son algunos de los egresos que pueden deducirse, de acuerdo con datos del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

De acuerdo con datos de El Financiero, cabe destacar que la plataforma para presentar la declaración anual realiza el auto llenado de algunos campos, lo que facilita y agiliza la realización de la declaración anual.

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