De acuerdo al Estudio Anual de Preferencias en Promociones 2016, elaborado por el Departamento de Investigación de InformaBTL, la promoción preferida por los consumidores mexicanos fue el 2×1, seguido del descuento directo. Sin embargo, una de las promociones que también gustan los consumidores aprovechar es el sorteo.
Los sorteos o premios al azar son un tipo de promoción que consiste en la participación dentro de un concurso donde solamente la suerte determina al ganador. Además, este tipo de promociones están respaldadas por un buen marketing de manera que los públicos objetivos se motiven y participen.
De esta manera, se pretende incentivar las ventas de los productos a través de una participación en el concurso que puede convertir al consumidor en el ganador de un premio.
Además, de acuerdo con estipulaciones sobre prácticas comerciales de la Norma Oficial Mexicana en México, los proveedores que realicen promociones por medio de sorteos o concursos, deben obtener la autorización de la Secretaria de Gobernación, así como promocionar a los consumidores, al menos, la siguiente información:
- Nombre y domicilio del proveedor que realiza la promoción.
- Bien o servicio objeto de la promoción.
- Incentivo que se ofrece en la promoción. Si los incentivos no son bienes nuevos, debe indicarse si éstos son usados, reconstruidos, defectuosos o poseen alguna otra característica que el consumidor deba conocer.
- Vigencia y límites de la promoción, precisando los días de inicio y conclusión, o día de inicio, cantidad de bienes, servicios o incentivos que se ofrecen en la promoción. De no precisarse la cantidad, se entenderá que es ilimitada.
- Cobertura geográfica de la promoción, señalando si es local, regional o nacional.
- En su caso, señalar el (los) establecimiento(s) donde se realizan las promociones, cuando éstas se efectúen en establecimientos que distribuyen el bien o servicio promocionado y que carezcan de una misma razón social, denominación o nombre comercial. El proveedor, a su conveniencia, puede enlistar los establecimientos o señalar las excepciones.
- En su caso, las restricciones al consumidor, respecto de la cantidad máxima de compra o contratación de los bienes o servicios promocionados. De no precisarse la cantidad, se entenderá que es ilimitada.
- En su caso, las garantías que se ofrecen sobre los incentivos objeto de la promoción. Dichas garantías deben cumplir con lo dispuesto en la Ley.
Además, en el caso de promociones coleccionables, el proveedor debe informar a los consumidores:
- El número de incentivos que integran la colección.
- Si los incentivos se otorgan en forma gratuita o requieren de algún pago del consumidor.
- Si los incentivos se incluyen en los productos promocionados o el lugar y procedimiento para realizar el canje por el incentivo.
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