En México, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 400 votos, las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, también llamada “Ley Olimpia”, que buscan visibilizar y definir la violencia digital.
1. El objetivo
Estas reformas son el primer paso para combatir el hostigamiento, acoso y denostación hacia mujeres a través de Internet. El dictamen fue remitido al Senado de la República y establece que la violencia digital será entendida como “actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada o apócrifa, mensajes de odio y difusión de contenido sexual sin consentimiento”.
De manera que cometerá violencia digital quien difunda textos, fotografías, videos y/o datos personales o cualquier otro tipo de impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas, o cualquier otra acción en que se incurra a través de internet, redes sociales, correo electrónico o aplicaciones.
2. El origen
Las reformas llamadas “Ley Olimpia” surgieron luego de que Ana Gabriela Rojas Olimpia, una joven de Huauchinanco, Puebla, fuera exhibida cuando un video sexual se hizo público sin su consentimiento. Una situación que la motivó a intentar suicidarse en tres ocasiones.
3. El impacto
Con estas reformas se busca que las mujeres sean protegidas ante actos de violencia digital. Una situación que es frecuente en Internet. El Módulo de Ciberacoso (MOCIBA) del Inegi señala que, el 16.8 por ciento de la población usuaria de Internet declaró haber pasado alguna situación de acoso cibernética, mujeres (17.7 por ciento) y hombres (16 por ciento).
Entre las situaciones de ciberacoso experimentadas se encuentran: recibir mensajes ofensivos, con insultos o burlas; recibir llamadas ofensivas, con insultos o burlas, entre otros.
Según MOCIBA, los efectos que ocasiona son principalmente de enojo (66.9 por ciento), desconfianza (43.2 por ciento) e inseguridad (29.3 por ciento); y según lo declarado solamente un 10.8 por ciento dijo no sentir afectación.
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